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Yo Don Pedro Zarate Cassique Vezino de esta ciudad por recomendación de Don Joseph de
Silva tradussí esta escriptura, de la ydioma Zapoteca, en que se haia su original a la
Castellana, cuio thenor es como se sigue-
En en Pueblo de Santo Domingo de la Villa de Etla del Estado, y Marquezado del Valle, oy
Juebes a veinte, y un días del mes de Julio, año de mil setecientos, y quarenta, ante mi
el Escrivano, tamvién testigos comparesieron loa dos erederos del difunto Antonio de
Santiago tamvién de la difunta María de la Cruz, y Santiago, tamvién Manuela Antonia de
Santiago, las quales Personas doy fe de Verdad, yo el Escrivano (Covioslo?), que tienen un
pedaso de tierra de sus viernes de lo que eredaron, en la clausula del testamento, del
difunto su Padre, tamvién de la difunta se Madre y esta tierra esta en donde le disen
lachi coxijcha (que quiere decir) llano de xoxocotlan y es de una medida grande y caven
tangoa, y dies, y ocho almude de trigo, acia donde nase el sol, Junta la tierra de Joseph
de Silva que compró del difunto Pedro Nongo, tamvién de Pasquala Ramires la misma tierra
que compró el Principal Joseph de Silva, se juntó toda esta tierra, acia el Norte Junta,
de Manuel Manuel Martín, la tierra que compró al mismo Principal Joseph de Silva, acia
donde se mete el sol el mismo, acia a Oaxaca Junta, de nuestra Santa del
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del Rossario, piedra esta Clavada y tamvién sanja, el lindero, y assi declaración los
erederos aquí los linderos de esta tierra, y porque aora quieren vender la tierra esta la
compra el Principal Joseph de Silva, porque da cumplimento según espresa en el testamento
del difunto su Padre, y de su Madre, se esplica que tuvieron trato, con Joseph de Silva,
que vendían esta tierra, tamvién según, espresa dentro de un papel Obligación lo que
tuvieron ante la misma Persona esplica tomó en sus manos de difunto Antonio de Santiago
los dos la difunta se Muger María de la Cruz y Santiago, treinta pesos, del Principal
Joseph de Silva, y más dies pessos tomaron las mismas Prederas que se hisieron quarenta
pessos, bale estaturra conforme es sus companceras, y assi mismo compareció el Principal
Joseph de Silva ante los dos Alcaldes, Ysidro de los Reyes Persona de Pueblo de los Reyes
tamvién Franco de Santiago Persona natural de Pueblo de Santo Domingo pidieron lisencia y
facultad porque quieren que se escriva papel de estas palabras se haga, escriptura, y por
el tanto le dan los dos Alcaldes, poder suyo, para, que haga Escriptura de esta tierra
tamvién le toman el Juramento las dos (Crederas?) Manuela, tamvién Antonia de Santiago, se
es verdad cumplen, la palabra del difunto su Padre y tam
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tamvién del testamento que Vendan esta tierra para que paguen donde de via este difunto,
aora disen Señor Cassique Justicia Verdaderamente, assemos Juramento, y asemos por Dios
Nuestro Señor y la Señal de la Cruz, Vendemos esta tierra la compra el Principal Joseph de
Silva, le dan otros dies pesos, que asen quarenta pesos que vale la tierra, así es la
Verdad doy palabra, yo, porque passe ante los dos Alcaldes, Regidores, tamvién testigos, y
assi mismo aora, se aparta, y se discuten las personas que venden esta tierra de que sea
suyo, y sus bienes tamvién del poder que tiene de esta tierra, y tamvién disen que si es
menos, o si es más el valor de esta tierra, se lo dan al Principal Joseph de Silva, que
sea suyo tamvién de sus hijos nietos aora yenlo de adelante, que aga y desaga lo que
quisiere de ella, porque ya es suyo sus vienes, que no mencionaran esta tierra en otra
ocasión, tamvién disen, que si alguno lo pidiere, que por entonses, demuestra papel de
Escriptura esta, ante qualquiera Justicia, que paguen pena Veinte pesos que se destribuiga
ante la Justicia, assi se acavo papel de Escriptura esta, aora ante los testigos, y son,
Don Castellano, Don Pedro de Zarate y tamvién el Principal Antonio Mendes y Mayordomo del
Santissimo Sacramento, tamvién otras Personas que estavan este mismo día, vieron, y oyeron
esta Escriptura y esta (Vazon?) doi yo de Verdad, el mismo día mes y año- testigo. Don
Pedro de Zarate- Manuela de Santiago- Antonia de Santiago- testigo. Don Cayetano de (Zte?)
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testigo Antonio Mendes- Ysidro los Reyes Alcalde Sebastian de la Thorres- Ante mi, Ignacio
Peres Escribano- Concuerda con su original Zapoteco, a el que me Remito, y Juro en forma
de dio, estar fielmente sacado, y corregido, según mi leal saber, y entender, y porque
conste lo firmé, en esta Ciudad de Antequera Valle de Oaxaca en quinze días del Mes de
Noviembre de mil setecientos quarenta, y nueve años
Pedro de Zarate
En obedecimiento y cumplimiento de lo mandado por el Juez de testamentos Capellanias y
obras
pias de este Obispado prosedí, aser el cotejo de el instrumento que antessede Con su
original Zapoteco, y haye según mi leal saber y entender, estar sacado fielmte a la letra
sin añadir ni quitar y por ser verdad lo declaro socargo del juramento que ante su Merced
tengo dho en que me afirmo, y ratifico, lo firme en esta Ciudad de Antequera y nobiembre
18 de 1749 a
Manuel Diaz Ynterprete