Title Traducción de una escritura de venta de Santo Domingo Etla, 1746
Scribe Don Pedro de Zarate
Document Type Escritura de venta
Archive Archivo Histórico de Notarias del Estado de Oaxaca, México
Collection Joachin de Amador
Call Number Libro 101, Exp. 2
Year 1749
Date 11 de noviembre
Town (Short) Oaxaca de Juárez
Page 816-819
Town (Modern Official) Oaxaca de Juárez, Oaxaca, México
Primary Parties María de Chávez y su hija Michaela de Chávez y Méndez de Silva (vendadoras), Joseph de Silva (comprador)
Witnesses Don Julian Francisco y Carrasco (alcalde), Juan López (alcalde), Andrés de la Cruz (regidor), Simon Juárez (regidor), Ambrocio Luis Ramirez, Francisco de San Miguel (testigo), Ignacio Pérez
(816)
Yo Dn Pedro de Zarate Cassique Vexino de esta Ciudad, a pedimento de Dn Joseph de Silva
tradussí esta Escriptura de la ydioma Sapoteca en que se halla su original, a la
Castellana cuio tenor es como se sigue-
Aquí en el Pueblo de Sto Domingo de esta Villa de Etla del Estado y Marquezado del Valle
oi Jueves quinze días del mes de Dieziembre de mil setecientos quarenta y seys años; aquí
ante los dos Principales Alcaldes ordinarios Juan Lopes, también Julian Carrasco también
los dos Principales Rexidores Mayores Andres de la Cruz también Simón Juan (Niño?) también
tres testigos Ambrocio Luiz Ramires Francisco de Sn Miguel también Ignacio Peres todos
Naturales y vexinos del mismo Pueb También yo el Escrivano doy fee, como el verdad
compareció María de Chaves Viuda del difunto Balthasar Mendes de Silva también Michaela
Mendes de Silva, hija ligitima que tuvo la misma María Mendes en la vida suya de los dos
del difunto su marido Balthazar Mendes de selva que pide licencia y Merced que se haga una
Escriptura de un pedaso de tierra suya, que esta en el paraje nombrado Luo gocha lachii
xaa vij ssa (que quiere decir) en la sienega llano vaso del lodo que es de dos medidas
grandes esta tierra eredo la misma María de Chaves entre las dos su hija Michaela Mendes
de Silva en la clausula del testamento suyo del mismo difunto su Marido Balthazar Mendes
de Silva por el tanto lo hicieron los Principales Alcaldes a Jurar el Juramento para que
declaran la verdad las dos su hija, que si es contado su corazón que venden la tierra
suya, aora respondieron dixeron Sr Cassique y Justicia Verdad es hazemos el Juramento
asemos por Ds y la señal de la
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Santa Cruz, que es nuestra voluntad, con todo nuestro corazón vendemos lo que es la tierra
nuestra que la compra Principal Joseph de Silva hermano ligitimo del mismo difunto mi
Marido Balthazar Mendes de Silva por que es (?) de esta tierra me da diez ps dinero en
plata potable revimos en manos entre las dos mi hija Michaela Mendes de Silva por el tanto
declaramos los linderos al (reddea?) de esta tierra como assi mismo expresa la Escriptura
(?) assi por onde nace el Sol Junta con la tierra de Domingo Nuñes esta clavado piedra que
es lindero, assí por el Norte Junta la tierra suya del Principal Gregorio Mendes esta
clavado piedra que es lindero, assí por onde se mete el sol Junta la tierra también con
mismas tierra del Principal Jacinto de Chaves que esta un ojo de agua que sirve de lindero
y también Junta la tierra del principal Estevan de Mendoza también un ojo de agua, es
lindero, assí por onde se mete el sol, Junta la tierra del Principal Juan Mendoza, esta
una sanja grande sirve de lindero también Junta otro (tanto?) tierra comprada de Luiz
Mendes, también sanja grande aquella que es lindero como fue también assí para Oaxaca que
es lindero como fue también assí para Oaxaca Sanja grande, allí propio esta el lindero
assí esta el contorno de esta tierra declaro aora dice se aparta y se exime todo lo que es
poder suyo que tiene de esta tierra, se la entriega y se la endona en (manos?) del mismo
Principal Joseph de Silva que haga lo q
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quisiere porque ya es suyo sus bienes que por la presente y lo benidero que ninguno lo
miente ni lo pida, en otra ocación si alguno mentare y pidiere esta tierra en otra ocación
que por entonces se demuestra este papel ante la Justicia Mayor que page la pena de ocho
pesos para los gastos de quien fuere Justicia todo assí dijo por voca de la misma Persona
que vende esta tierra por el tanto pongo yo el Escrivano las firmas suyas de la Persona
que vende esta tierra, y también por un Alcalde y un Regidor y de los tres testigos
entienden las letras por el tanto doy yo el Escrivano fee de la Verdad el mismo día, mes y
año. María de Chaves- Michaela Mendes de Silva- Alcalde D[o]n Julian Franco Carrasco-
Alcalde Juan Lopes Regidor Andres de la Cruz- Regidor Simón Juares Ambrocio Luiz Ramires-
testigo Franco de Sn Miguel Ignacio Peres- Ante mi Antonio Mendes Escrivano
La qual sacada concertada y corregida de su original según mi leal saber y entender, hassi
lo Juro en toda forma de dio y porque conste lo firme en Oaxaca y Noviembre onze de mil
setecientos quarenta y nueve años en (mdo?)- en la (siene?)-(va?)
Pedro de Zarate
En obedecimiento y cumplimiento de lo mandado por el Sr Jues de testamentos Capellanías y
obras pías de este Obpdo prosedí hazer el cotejo de el instrumento que antesse de con su
original Zapoteco y haye según mi leal saber, y entender estar sacado fielmente a la letra
sin añadir ni quitar y por ser verdad lo declaro socargo del Juramento que ante Su Merced
tengo derecho en que
(819)
me afirmo y ratifico y lo firme en esta Ciudad de Anteqa Novie 20 de 1749
Manuel Díaz
Yntepte Nombdo
Transcription Status Completed but not Checked
Special Characters: á Á é É í Í ó Ó ú Ú ñ Ñ ç Ç ſ
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