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Title Translation of Bill of Sale from Santo Domingo Etla, 1740

Scribe Don Pedro de Zarate

Document Type Bill of Sale

Archive Archivo Histórico de Notarias del Estado de Oaxaca, Mexico

Collection Joachin de Amador

Call Number Libro 101, Exp. 2

Year 1749

Date November 10

Town (Short) Oaxaca de Juárez

Page 690-693

Town (Modern Official) Oaxaca de Juárez, Oaxaca, Mexico

Primary Parties María Nativitas and her children Michaela and Antonio (sellers), Joseph de Silva (buyer)

Witnesses María de Chávez, Pedro de Santiago y Méndez, Don Pedro de Zarate, Don Calletano de Zarate, Yndrio de los Reyes (alcalde), Sebastián de Catharés


(690)


Yo Don Pedro de Zarate Cassique Vezino de esta Ciudad a pedimento de Don Joseph de Silva

tradussí esta Escriptura de la ydioma Sapoteca en que se haia su original, a la

Castellana, cuio tenor, es como se sigue


En el Pueblo de Santo Domingo de la Villa de Etla del estado y marquezado del Valle veinte

un días del mes de Julio de mil setecientas y quarenta ante los dos Alcaldes ordinarios Y

sidro de los Reyes Persona y natural del Pueb de los (S. torres) Rey francisco de Sntiago

también Rexos suyos Sebastian de la Thorres, Nicolas herederos, y los testigos, también yo

el Escribano doy fee de Verdad todas las personas, y naturales del Pueblo mismo también

conosco compareció María nativitas también los dos sus hijos Michaela y Antonio esta

tierra digo yo heredo María nativitas los dos la difunta su herd María de Chaves Viuda

Muger fue del difunto Sntiago Mendes como si fuera la propria persona de estos dos

difuntos Compareció un hijo de Pedro Mendes y también la misma María nativitas esta tierra

la heredo en una clausula de testamento del difunto su Padre Gabriel del Chaves y Petrona

de Chaves aora pide licencia y Merced ante los dos Alcaldes pr q quieren vender realmte

esta tierra la compra el Principal Joseph de Silva y también q se haga un papel de

Escriptura de esta misma tierra y se halla en el parade onde le dicen lao quia estancia

(que quiere decir) la casa del Cerro de la estancia y es tierra de temporal caben quinze

almudes de trigo y esta tierra la benden realmte la compra el Principal Joseph de Silva

assi mismo natural y vezino de este Pueblo y por el tanto le tomo el

(691)


Principal Alcalde Juramento a la misma Persona que vende esta tierra pr q declare

verdaderamente se es su querer bien vende su sitio también le tiene otras partes de

tierras en donde aren y trabajen sus hijos y nietos para q hallen tributos limosnas aora y

siempre aora dicen señores casique Justicia verdaderamente vendemos esta tierra entre los

dos mi sobrino Pedro de Sntiago hijo de la difunta Fraria de Chaves verdad hacemos

Juramento y hacemos pr nro Amo Ds y la Señal de la cruz verdad q es nro querer vendemos

realmte lo q es nuestro sitio y por q tienen otras partes de tierras donde aren mis hijos

aora y siempre todas estas palabras dixo la compra el Principal Joseph de Silva y le da

siete ps dinero en plata efectiva tomo con las manos la misma María nativitas los dos su

sobrino Pedro Mendes y p el tanto de clara como es los linderos en contorno assi por donde

nace el sol junta la de Michaela Franes este clavado piedra por lindero- assi el norte

Junta de la suya del mismo Principal Joseph de Silva se Junto y se encorporo la tierra

suya- assi por onde se mete el sol Junta de Domingo Mendes culevrina de tierra es lindero-

assi Oaxaca Junta con la del Ssmo Sacramento Santa puesta puesta es lindero- así esta los

linderos de contorno de este tierra y declaro la Persona q vende esta tierra aora dice

assi q se a para y se exime de todo el poder suyo q tenía en este tierra se le entriega en

manos de el mismo


Prin

(692)


cipal Joseph de Silva q hagan lo q quisieren sus hijos y nietos aora y siempre y también

dice ningún hijo y nieto suyo mencionen esta tierra en ningún otro ocación porque de su

bella gracia y pr su bien querer pr todos estos razones dicen las Personas se algún hijos

suyo o nietos mencionen o piden este tierra que en otro ocación q pr entonces se demuestra

este papel Escriptura de venta ante qualquiera Justicia Mayor q page la pena de seys ps

que sea suyo de qual quiera Justicia todas estas palabras salco pr voca de esta Persona y

lo oyeron los tres testigos Dn Calletano- Dn Pedro de Zarate- Anto Mendes qn dixo q

pusiera su firma dentro de este papel de Escriptura pero las Personas q vendieron esta

tierra no pusieron sus firmas porq no saben de letras y por en tanto pidieron Merced ante

mi el Escribano sus nombres dentro de este papel de Escriptura esta razón doy yo de Verdad

el mismo día mes y año- María de Chaves- Pedro de Sntiago y Mendes- Dn Pedro de Zarate- Dn

Calletano de Zarate- Ysidro de los Reyes Alcalde- Anto Frances Sebastian de la thorres-

Ante mi Ignacio (Peris?) Essno


La qual esta sacada concentrada y corregida de su original según mi leal saber y entender

haci lo Juro en toda forma de aro y porque conste lo firme en Oaxaca y Noviembre diez de

mil setecientos quarenta y nueve años.


Pedro de Zarate


En obedecimiento y cumplimiento de lo mandado por el Juez de testamentos Capellanias y

obras

(693)


pias de este Obpdo prosedí, hazer el cotejo de el instrumento que antessede Con su

original Zapoteco, y haye según mi leal saber y entender, estar sacado fielmte a la letra

sin añadir ni quitar y por ser verdad lo declaro socargo del juramto que ante su Merc

tengo dho en que me afirmo, y ratifico, lo firme en esta Ciudad de Antequera y Adui. -20

de 1742 a


Manuel Diaz Ynterprete



Transcription Status Completed but not Checked

Instructions for Transcribing

  • Transcribe the text exactly as it appears. Include the original spelling, line breaks, and page numbers, where applicable.

  • Exceptions: Write out abbreviations using square brackets: p[eso]s. If you are not sure about a word, put it in parentheses with a question mark: (word?)

  • Copy and paste the special characters given below into your transcription when needed.

Special Characters: á Á é É í Í ó Ó ú Ú ñ Ñ ç Ç ſ


(690)


Yo Don Pedro de Zarate Cassique Vezino de esta Ciudad a pedimento de Don Joseph de Silva

tradussí esta Escriptura de la ydioma Sapoteca en que se haia su original, a la

Castellana, cuio tenor, es como se sigue


En el Pueblo de Santo Domingo de la Villa de Etla del estado y marquezado del Valle veinte

un días del mes de Julio de mil setecientas y quarenta ante los dos Alcaldes ordinarios Y

sidro de los Reyes Persona y natural del Pueb de los (S. torres) Rey francisco de Sntiago

también Rexos suyos Sebastian de la Thorres, Nicolas herederos, y los testigos, también yo

el Escribano doy fee de Verdad todas las personas, y naturales del Pueblo mismo también

conosco compareció María nativitas también los dos sus hijos Michaela y Antonio esta

tierra digo yo heredo María nativitas los dos la difunta su herd María de Chaves Viuda

Muger fue del difunto Sntiago Mendes como si fuera la propria persona de estos dos

difuntos Compareció un hijo de Pedro Mendes y también la misma María nativitas esta tierra

la heredo en una clausula de testamento del difunto su Padre Gabriel del Chaves y Petrona

de Chaves aora pide licencia y Merced ante los dos Alcaldes pr q quieren vender realmte

esta tierra la compra el Principal Joseph de Silva y también q se haga un papel de

Escriptura de esta misma tierra y se halla en el parade onde le dicen lao quia estancia

(que quiere decir) la casa del Cerro de la estancia y es tierra de temporal caben quinze

almudes de trigo y esta tierra la benden realmte la compra el Principal Joseph de Silva

assi mismo natural y vezino de este Pueblo y por el tanto le tomo el

(691)


Principal Alcalde Juramento a la misma Persona que vende esta tierra pr q declare

verdaderamente se es su querer bien vende su sitio también le tiene otras partes de

tierras en donde aren y trabajen sus hijos y nietos para q hallen tributos limosnas aora y

siempre aora dicen señores casique Justicia verdaderamente vendemos esta tierra entre los

dos mi sobrino Pedro de Sntiago hijo de la difunta Fraria de Chaves verdad hacemos

Juramento y hacemos pr nro Amo Ds y la Señal de la cruz verdad q es nro querer vendemos

realmte lo q es nuestro sitio y por q tienen otras partes de tierras donde aren mis hijos

aora y siempre todas estas palabras dixo la compra el Principal Joseph de Silva y le da

siete ps dinero en plata efectiva tomo con las manos la misma María nativitas los dos su

sobrino Pedro Mendes y p el tanto de clara como es los linderos en contorno assi por donde

nace el sol junta la de Michaela Franes este clavado piedra por lindero- assi el norte

Junta de la suya del mismo Principal Joseph de Silva se Junto y se encorporo la tierra

suya- assi por onde se mete el sol Junta de Domingo Mendes culevrina de tierra es lindero-

assi Oaxaca Junta con la del Ssmo Sacramento Santa puesta puesta es lindero- así esta los

linderos de contorno de este tierra y declaro la Persona q vende esta tierra aora dice

assi q se a para y se exime de todo el poder suyo q tenía en este tierra se le entriega en

manos de el mismo


Prin

(692)


cipal Joseph de Silva q hagan lo q quisieren sus hijos y nietos aora y siempre y también

dice ningún hijo y nieto suyo mencionen esta tierra en ningún otro ocación porque de su

bella gracia y pr su bien querer pr todos estos razones dicen las Personas se algún hijos

suyo o nietos mencionen o piden este tierra que en otro ocación q pr entonces se demuestra

este papel Escriptura de venta ante qualquiera Justicia Mayor q page la pena de seys ps

que sea suyo de qual quiera Justicia todas estas palabras salco pr voca de esta Persona y

lo oyeron los tres testigos Dn Calletano- Dn Pedro de Zarate- Anto Mendes qn dixo q

pusiera su firma dentro de este papel de Escriptura pero las Personas q vendieron esta

tierra no pusieron sus firmas porq no saben de letras y por en tanto pidieron Merced ante

mi el Escribano sus nombres dentro de este papel de Escriptura esta razón doy yo de Verdad

el mismo día mes y año- María de Chaves- Pedro de Sntiago y Mendes- Dn Pedro de Zarate- Dn

Calletano de Zarate- Ysidro de los Reyes Alcalde- Anto Frances Sebastian de la thorres-

Ante mi Ignacio (Peris?) Essno


La qual esta sacada concentrada y corregida de su original según mi leal saber y entender

haci lo Juro en toda forma de aro y porque conste lo firme en Oaxaca y Noviembre diez de

mil setecientos quarenta y nueve años.


Pedro de Zarate


En obedecimiento y cumplimiento de lo mandado por el Juez de testamentos Capellanias y

obras

(693)


pias de este Obpdo prosedí, hazer el cotejo de el instrumento que antessede Con su

original Zapoteco, y haye según mi leal saber y entender, estar sacado fielmte a la letra

sin añadir ni quitar y por ser verdad lo declaro socargo del juramto que ante su Merc

tengo dho en que me afirmo, y ratifico, lo firme en esta Ciudad de Antequera y Adui. -20

de 1742 a


Manuel Diaz Ynterprete


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How to cite: Lillehaugen, Brook Danielle, George Aaron Broadwell, Michel R. Oudijk, Laurie Allen, May Plumb, and Mike Zarafonetis. 2016. Ticha: a digital text explorer for Colonial Zapotec, first edition. Online: http://ticha.haverford.edu/

Ticha: a digital text explorer for Colonial Zapotec, first edition by Brook Danielle Lillehaugen, George Aaron Broadwell, Michel R. Oudijk, Laurie Allen, May Plumb, and Mike Zarafonetis is licensed under CC BY-NC-SA 4.0

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