Title Translation of Bill of Sale from Santo Domingo Etla, 1740
Scribe Don Pedro de Zarate
Document Type Bill of Sale
Archive Archivo Histórico de Notarias del Estado de Oaxaca, Mexico
Collection Joachin de Amador
Call Number Libro 101, Exp. 2
Year 1749
Date November 10
Town (Short) Oaxaca de Juárez
Page 690-693
Town (Modern Official) Oaxaca de Juárez, Oaxaca, Mexico
Primary Parties María Nativitas and her children Michaela and Antonio (sellers), Joseph de Silva (buyer)
Witnesses María de Chávez, Pedro de Santiago y Méndez, Don Pedro de Zarate, Don Calletano de Zarate, Yndrio de los Reyes (alcalde), Sebastián de Catharés
(690)
Yo Don Pedro de Zarate Cassique Vezino de esta Ciudad a pedimento de Don Joseph de Silva
tradussí esta Escriptura de la ydioma Sapoteca en que se haia su original, a la
Castellana, cuio tenor, es como se sigue
En el Pueblo de Santo Domingo de la Villa de Etla del estado y marquezado del Valle veinte
un días del mes de Julio de mil setecientas y quarenta ante los dos Alcaldes ordinarios Y
sidro de los Reyes Persona y natural del Pueb de los (S. torres) Rey francisco de Sntiago
también Rexos suyos Sebastian de la Thorres, Nicolas herederos, y los testigos, también yo
el Escribano doy fee de Verdad todas las personas, y naturales del Pueblo mismo también
conosco compareció María nativitas también los dos sus hijos Michaela y Antonio esta
tierra digo yo heredo María nativitas los dos la difunta su herd María de Chaves Viuda
Muger fue del difunto Sntiago Mendes como si fuera la propria persona de estos dos
difuntos Compareció un hijo de Pedro Mendes y también la misma María nativitas esta tierra
la heredo en una clausula de testamento del difunto su Padre Gabriel del Chaves y Petrona
de Chaves aora pide licencia y Merced ante los dos Alcaldes pr q quieren vender realmte
esta tierra la compra el Principal Joseph de Silva y también q se haga un papel de
Escriptura de esta misma tierra y se halla en el parade onde le dicen lao quia estancia
(que quiere decir) la casa del Cerro de la estancia y es tierra de temporal caben quinze
almudes de trigo y esta tierra la benden realmte la compra el Principal Joseph de Silva
assi mismo natural y vezino de este Pueblo y por el tanto le tomo el
(691)
Principal Alcalde Juramento a la misma Persona que vende esta tierra pr q declare
verdaderamente se es su querer bien vende su sitio también le tiene otras partes de
tierras en donde aren y trabajen sus hijos y nietos para q hallen tributos limosnas aora y
siempre aora dicen señores casique Justicia verdaderamente vendemos esta tierra entre los
dos mi sobrino Pedro de Sntiago hijo de la difunta Fraria de Chaves verdad hacemos
Juramento y hacemos pr nro Amo Ds y la Señal de la cruz verdad q es nro querer vendemos
realmte lo q es nuestro sitio y por q tienen otras partes de tierras donde aren mis hijos
aora y siempre todas estas palabras dixo la compra el Principal Joseph de Silva y le da
siete ps dinero en plata efectiva tomo con las manos la misma María nativitas los dos su
sobrino Pedro Mendes y p el tanto de clara como es los linderos en contorno assi por donde
nace el sol junta la de Michaela Franes este clavado piedra por lindero- assi el norte
Junta de la suya del mismo Principal Joseph de Silva se Junto y se encorporo la tierra
suya- assi por onde se mete el sol Junta de Domingo Mendes culevrina de tierra es lindero-
assi Oaxaca Junta con la del Ssmo Sacramento Santa puesta puesta es lindero- así esta los
linderos de contorno de este tierra y declaro la Persona q vende esta tierra aora dice
assi q se a para y se exime de todo el poder suyo q tenía en este tierra se le entriega en
manos de el mismo
Prin
(692)
cipal Joseph de Silva q hagan lo q quisieren sus hijos y nietos aora y siempre y también
dice ningún hijo y nieto suyo mencionen esta tierra en ningún otro ocación porque de su
bella gracia y pr su bien querer pr todos estos razones dicen las Personas se algún hijos
suyo o nietos mencionen o piden este tierra que en otro ocación q pr entonces se demuestra
este papel Escriptura de venta ante qualquiera Justicia Mayor q page la pena de seys ps
que sea suyo de qual quiera Justicia todas estas palabras salco pr voca de esta Persona y
lo oyeron los tres testigos Dn Calletano- Dn Pedro de Zarate- Anto Mendes qn dixo q
pusiera su firma dentro de este papel de Escriptura pero las Personas q vendieron esta
tierra no pusieron sus firmas porq no saben de letras y por en tanto pidieron Merced ante
mi el Escribano sus nombres dentro de este papel de Escriptura esta razón doy yo de Verdad
el mismo día mes y año- María de Chaves- Pedro de Sntiago y Mendes- Dn Pedro de Zarate- Dn
Calletano de Zarate- Ysidro de los Reyes Alcalde- Anto Frances Sebastian de la thorres-
Ante mi Ignacio (Peris?) Essno
La qual esta sacada concentrada y corregida de su original según mi leal saber y entender
haci lo Juro en toda forma de aro y porque conste lo firme en Oaxaca y Noviembre diez de
mil setecientos quarenta y nueve años.
Pedro de Zarate
En obedecimiento y cumplimiento de lo mandado por el Juez de testamentos Capellanias y
obras
(693)
pias de este Obpdo prosedí, hazer el cotejo de el instrumento que antessede Con su
original Zapoteco, y haye según mi leal saber y entender, estar sacado fielmte a la letra
sin añadir ni quitar y por ser verdad lo declaro socargo del juramto que ante su Merc
tengo dho en que me afirmo, y ratifico, lo firme en esta Ciudad de Antequera y Adui. -20
de 1742 a
Manuel Diaz Ynterprete
Transcription Status Completed but not Checked
Special Characters: á Á é É í Í ó Ó ú Ú ñ Ñ ç Ç ſ
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